CAPÍTULO C X
DEMOLEDOR
INFORME DEL CÓDIGO PENAL.- ABC-20-03-92-
Los jueces han dado un
demoledor informe del nuevo Código Penal, que ya se le está llamando ’Código
Belloch’.- La asociación
mayoritaria denuncia que habrá
excarcelaciones masivas.- La
Asociación Profesional de la Magistratura
(APM) ha remitido al Consejo General del Poder Judicial un informe que critica con dureza el
anteproyecto de Código Penal elaborado por el Ministerio de Justicia.- La Organización Mayoritaria de los jueces,
cuestiona que el Código pueda llamarse, como se pretende Código Penal de la
Democracia, y advierte de los efectos
negativos adversos para la seguridad ciudadana a su entrada en vigor.-
La APM alerta de que se producirán masivas
excarcelaciones y sostiene que la
generalizada rebaja de penas para los delitos de mayor incidencia en la
seguridad ciudadana repercutirá en una mayor indefensión de la ciudadanía.- El informe critica de forma demoledora el
anteproyecto, desde sus aspectos formales, la técnica jurídica empleada es lamentable hasta las cuestiones
de fondo -- lo grave es que no responde a los
valores que vertebran la convivencia
democrática de los modernos Estados de Derecho
--
El primer bloque de críticas se refiere al anteproyecto, que
resulta anticuado doctrinalmente, porque
incorpora figuras, ideas y mecanismos jurídicos, acogidos en momento por otras
legislaciones, pero abandonado ya por insuficiente e ineficaces.- La que se refiere en particular, a la nueva
figura del arresto de fin de semana , a la que califica de iniciativa con visos de aventura.-
El informe analiza, en un
segundo bloque de críticas, los efectos que tendrán en la inseguridad
ciudadana, la generalizada reducción de penas
establecidas en el anteproyecto.-
De un lado destaca que la labor
benignidad que se propugna, coincide con
una concepción legal de los beneficios
penitenciarios, cuya concesión se encomienda a la Administración
Penitenciaria.- Por otra parte, la
asociación mayoritaria de los jueces se muestra disconforme con el tratamiento dado a los terroristas para la
aplicación en el anteproyecto, que se computarán en relación a la totalidad de
las penas impuestas y no respecto al máximo legal efectivo fijado en 20 años,
ya que en su opinión debe computarse el tiempo.-
En tercer lugar , los
jueces estiman que es imprescindible, que en ningún caso, la aplicación de los
beneficios penitenciarios y de la libertad condicional suponga que el condenado
ha de cumplir en prisión menos de las tres cuartas partes de las penas
impuestas.- Las sanciones previstas
para las ofensas a las Cortes (dos años de prisión), las calumnias , injurias o
difamaciones a los parlamentarios (tres años de cárcel), o contra el
Gobierno ( seis años de privación de
libertad).- ¡Toma ‘nísperos’ votante¡. Para
una democracia nacen leyes, como nacen organizaciones, para lo cual se dice
que presuntamente hay jueces de la democracia y jueces no democrático. Donde
hemos llegado.
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