domingo, 8 de enero de 2017

LOS GOBIERNOS DE FELIPE GONZÁLEZ





CAPÍTULO          CC L V

HABLAN LOS SUBTERFUGIOS.-  ABC-18--ENERO DE 1995-
                 Se cuenta que una vez había un mercader que fue condenado a muerte por su rey, en un determinado país.-   El comerciante le hizo una proposición al rey, verdaderamente inédita y el rey aceptó.-   La propuesta era que el comerciante haría hablar a su burro en un tiempo de veinte años, y si no lo conseguía el rey debía darle muerte.-   Aceptó el rey la proposición del mercader, y éste explicaba a su amigo las razones de dicha proposición.-   En veinte años, o se ha muerto el rey, o se ha muerto el burro, o me he muerto yo.-
                    Con tanto subterfugio, se entiende la semejanza de la proposición del comerciante-mercader.-    Si a los juicios les damos los suficientes argumentos para alargarlos hasta el infinito, también pueden ocurrir muchas cosas.-  Ya nadie se acordará de que existieron los presuntos GAL, ni la presunta Filesa, ni aquello de que hablaba de unos tales presuntos Fondos, ni aquellas presuntas empresas fantasmas, entre otras cosas.-
                    El que ha madrugado con inusitada diligencia es el ex ministro Barrionuevo, que acusa al juez nada más y nada menos de vengativo, parcial, enemigo y arbitrario.-   Pero he aquí que el ‘subterfugio’ era tan baratucho, de tan poca calidad e iniciativa intelectual, que fue descubierto en un santiamén.-   Si, como se sabe, el señor Barrionuevo es persona aforada, la inculpación por parte del juez llevaría implícito el traslado de la causa al Tribunal Supremo.-   Muy bien urdido, pero lo que no se sabe es en qué se basa la confianza hacia el Alto Tribunal, que les parece más propicio a los ex gobernantes y gobernantes acusados.-
                    Felipe dice que los que están en la cárcel como presuntos inductores de las acciones de los GAL no son del Gobierno.-    Rafael Vera no se lo ha pensado dos veces en acusar al juez Garzón de torturar y coaccionar a los implicados.-   Aquí, la cuestión toma otros derroteros, porque cada ‘maestrillo tiene su librillo’, y además sus argumentos leguleyos.-   La Ley de Enjuiciamiento Criminal, en su artículo 54, dice que hay causa de recusación cuando alguna de las partes denuncia al juez como autor , cómplice o encubridor de un delito.-   ¿ A caso en un interrogatorio hay coacción, tortura, o encubrimiento por parte del juez.-

                    Hay recursos dignos de tener en cuenta, tal vez por sus características, por sus antecedentes, por el fin para el cual van destinados.-   Claro que también los hay, que son bastante dignos de Rinconete y Cortadillo.-   O sea, que la cuestión no está en ser o no ser inocente.-   En ser o no ser culpable, porque, al parecer, Rinconete y Cortadillo eran unos tíos listos, muy inteligentes.-   Felipe dice que remitirlo todo a los Tribunales de Justicia, sin que haya que tratar los aspectos políticos de la cuestión hasta que los jueces dicten sentencia firme.-   ¿Diez años, doce, quince, veinte?.-    

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