martes, 29 de septiembre de 2015

ZAPATERO

CAPÍTULO  C I I

               Los problemas del Plan Ibarretxe son muchos, pero los más graves son que existen en el Código Penal cuatro artículos que pueden llevarlo a la cárcel si convoca un referéndum.-   Artículo  404, prevaricación : Inhabilitación de siete a diez años.-   Artículo 556, Desobediencia grave :  Los que sin estar comprendidos en el artículo 550 resistan o desobedezcan, serán castigados de seis meses a un año.-   Artículo 506, usurpación de atribuciones  : Prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses e inhabilitación especial.-   Articulo 410, desobediencia en autoridad o funcionario público que se niegue a dar cumplimiento o resolución judicial, o de autoridad superior, y multa de tres a doce meses e inhabilitación especial de seis meses a dos años.-
               Según lo dispuesto en el artículo 161--2 de la Constitución, el Gobierno puede impugnar ante el Tribunal Constitucional las disposiciones y atribuciones adoptadas por las Comunidades autónomas.-   Y como es de esperar, la impugnación lleva emparejada la suspensión, y el Tribunal deberá  ratificarla o levantarla en un plazo que no sea superior a cinco meses.-   También existe otro problema para un referéndum y es que  un presidente de Comunidad Autónoma no tiene atribuciones para constituir la Junta Electoral ni puede obligar a los ciudadanos a que estén presidiendo las mesas electorales.-
               De modo que las amenazas de que convoca un referéndum en su comunidad son simplemente palabras vanas y de ‘asusta niños’ , porque nadie que sea presidente de una comunidad  puede o  debe  apetecer ponerse al margen de la ley, sabiendo, además que lo está haciendo en el momento en que se enfrente al Gobierno Central y está prevaricando, de una o de otra forma.-   Las reglas del juego obligan a todos los españoles , y cuanto más responsabilidad, más estricta debiera ser la obligación de no estar al margen.-
               También el artículo 155 de la Constitución dice que están obligados los presidentes de las Comunidades Autónomas a cumplir las leyes, que les puede obligar un acuerdo por mayoría absoluta del Senado.-   Ls artículos dos y ocho de la Constitución son los que están garantizando la unidad de España.-   Esa unidad de España que se quieren saltar algunas comunidades.-   Para declararse independiente una parte de España, hay que reformar el Título diez ( X ) de la Constitución y lo tienen que aprobar lod dos tercios  ( 2 / 3) del Congreso de los Diputados y otros dos tercios (2 / 3 )   del   Senado y después convocar un referéndum nacional.-   Los que han propuesto la separación deben acatar  la decisión de las Corte o atenerse a las consecuencias.-  Todos los obstáculos legales que existen para Vascongadas será igual para Cataluña o cualquier otra comunidad separatista.
            



 




No hay comentarios:

Publicar un comentario